ELEGIR ENTRE AMPARO Y RECURSO ORDINARIO.
Muchos litigantes pretenden iniciar un amparo ante cualquier acto de autoridad, sin recordar la existencia de algún recurso ordinario.
Pero en muchas ocasiones, termina sobreseyéndose el amparo y se pierde la posibilidad de defenderse de tal acto.
Algunos otros abogados tramitan tanto el juicio de amparo como el medio de defensa ordinario.
En todo caso, termina sobreseyéndose el amparo y se continúa con el medio de defensa ordinario.
Después siguen el trámite ordinario, acrecentando su trabajo legal infructuosamente.
Por ello, es mejor ubicar el recurso ordinario o medio de defensa ordinario e iniciarlo, y hasta el final acudir al juicio de amparo.
Estas decisiones requieren pericia de litigio y debe consultarse, de ser posible, a un especialista.
En su caso, debes estudiar la jurisprudencia y siempre pensar en los recursos ordinarios.
La tendencia del poder judicial federal es rechazar los amparos cuando existen medios ordinarios de defensa.
Ello lo hacen para desalentar el ejercicio de amparo y no elevar el número de los asuntos tramitados ante los juzgados federales.
El problema radica en que cuando un juez de distrito declara improcedente un amparo, los plazos para los recursos ordinarios ya fenecieron.
A los jueces federales les importa poco dejar al quejoso sin la posibilidad de defenderse de un acto de autoridad.
Con ello, se convalidan las actuaciones de las autoridades emisoras del acto reclamado.
Tales jueces de justifican aduciendo que ellos no hicieron la Ley de Amparo y que ahí están las causales de improcedencia.
Por ello, se concluye que en un litigio es mejor agotar los recursos ordinarios de defensa, antes de ampararse. Pues este mecanismo de amparo ha dejado de ser un verdadero mecanismo de defensa en nuestro sistema mexicano.
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