Vía pública: Todo espacio de dominio público y uso común destinado al tránsito de personas peatonas y vehículos, así como a la prestación de servicios públicos y la instalación de infraestructura y mobiliario.
FUENTE: Artículo 3 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de México. D.O.F. 17/MAYO/2022