SERVICIOS AMBIENTALES

1- Servicios ambientales: Las funciones que desempeña un elemento o recurso natural en beneficio de otro elemento o recurso natural, los hábitat, ecosistema o sociedad.

FUENTE: Art. 2 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental de México. Ver ley aquí.

2.- SERVICIOS AMBIENTALES: Aquellos derivados de los ecosistemas o sus elementos, cuyos valores o beneficios son económicos, ecológicos o socioculturales y que inciden directamente en la protección y mejoramiento del medio ambiente, propiciando una mejor calidad de vida de los habitantes y que justifican la necesidad de desarrollar acciones para promover la preservación, recuperación y uso racional de aquellos elementos relevantes para la generación
de estos servicios en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

FUENTE: Art. 5 de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra de la CDMX. Ver ley.

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