Perro de asistencia: Son aquellos que han sido certificados para el acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad.
FUENTE: Artículo 3 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de México. D.O.F. 17/MAYO/2022
Perro de asistencia: Son aquellos que han sido certificados para el acompañamiento, conducción y auxilio de personas con discapacidad.
FUENTE: Artículo 3 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial de México. D.O.F. 17/MAYO/2022