A las Oficinas de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores de
México, dentro de la República Mexicana, les corresponde:
-
Expedir pasaportes ordinarios y legalizar las firmas de los documentos
públicos que deban producir efectos en el extranjero;
-
Expedir copias certificadas de los documentos y constancias obren en
sus archivos;
-
Presentar denuncias ante las autoridades competentes respecto de los
hechos que así lo ameriten;
-
Supervisar periódicamente a las Oficinas Estatales y Municipales de
Enlace.
- Expedir las constancias sobre:
a) La adquisición de bienes inmuebles
fuera de zona restringida por parte de personas físicas y morales
extranjeras;
b) La obtención de concesiones para la
exploración y explotación de minas y aguas en la República Mexicana, a
personas físicas o morales extranjeras, y
c) Coadyuvar en la recepción del aviso de
adquisición de inmuebles por sociedades mexicanas con cláusula de
admisión de extranjeros en la zona restringida que se destinen a un fin
no residencial, a que se refiere la Ley de Inversión Extranjera.
- Recepción de solicitudes de extranjeros que deseen obtener la nacionalidad mexicana por la vía de la naturalización y darlos de
alta en el sistema electrónico que determine la Dirección General de
Asuntos Jurídicos. - Recepción de solicitudes de declaratorias de nacionalidad mexicana
por nacimiento y certificados de nacionalidad mexicana, con las
modalidades, condiciones y excepciones que fije la Dirección General
de Asuntos Jurídicos. - Intervenir de acuerdo a las instrucciones que reciban de la Dirección
General de Asuntos Jurídicos, en los procedimientos y juicios en que
la Secretaría sea parte, así como en materia de pensiones
alimenticias, adopciones y restitución de menores en los términos
que establezca la Dirección General de Protección Consular y
Planeación Estratégica. - Tramitar, previo dictamen de procedencia, las comisiones rogatorias que
reciban de las autoridades locales para su diligenciación por las
oficinas consulares mexicanas. - Coadyuvar en la atención de los casos de protección a connacionales en el
extranjero que encomiende la Dirección General de Protección Consular
y Planeación Estratégica o, en su caso, las representaciones de
México en el exterior, así como los que se presenten en la propia
Oficina de Pasaportes. - Otras actividades.
Fuente: Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores (D.O.F. 14/JUN/2021)