NACIONALIDAD ESPAÑOLA

La nacionalidad española puede adquirirse en los siguientes casos:

1.- Tener 2 años de residencia legal si eres ciudadano de Andorra, iberoamérica, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes.

2.- Tener 5 años como refugiado.

3.- Tener 10 años en diversas situaciones y nacionalidades.

4.- Tener 1 año casado o viudo de un español, nacido en España; nacido fuera de España (hijo o nieto de un Español de origen) entre otros casos.

El trámite se inicia ante la Administración y si no se te responde en un año puedes iniciar un recurso ante la Audiencia Nacional.

Si necesitas mayores datos, puedes contactarnos.