Te presentamos un ejemplo, modelo, plantilla, formato, formulario o machote de carta responsiva para utilizarse en compraventa de autos, motos, camiones, lanchas, y cualquier vehículo. Te lo presentamos en formato pdf para que lo puedas imprimir y llenar a mano.
Ademas en formato DOCX WORD para su redacción en un procesador de palabras. Esperamos te sean de utilidad. Si deseas ayuda puedes contactarnos para su redacción.
“CARTA RESPONSIVA
A QUIEN CORRESPONDA.
Por medio de la presente, siendo las _____ horas del día __________ del mes de__________del año_________, me comprometo a responder los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse, a partir de la hora y fecha anterior, con el siguiente vehículo:
MARCA ____________________________________
MODELO __________________________________
SERIE ____________________________________
PLACAS ___________________________________
Otros datos: _________________________________________
___________________________________________________
Lo anterior en virtud de la compraventa de la unidad al propietario.
RESPONDERÉ V.B.
________________ __________________
COMPRADOR VENDEDOR.
TESTIGO 1 TESTIGO 2
_______________________ ______________________”
Puedes descargarla abajo.
CARTA RESPONSIVA. DOCX WORD EN PANEL
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 2024944
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Undécima Época
Materias(s): Civil
Tesis: I.8o.C.6 C (11a.)
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 15, Julio de 2022, Tomo V, página 4455
Tipo: Aislada
COMPRAVENTA DE VEHÍCULO ROBADO. OPERA LA NULIDAD DE PLENO DERECHO, AUN CUANDO EL COMPRADOR HAYA ACEPTADO EN LA CARTA RESPONSIVA LAS CONDICIONES EN QUE SE ENCONTRABA EL BIEN (LEGISLACIÓN APLICABLE PARA LA CIUDAD DE MÉXICO).
Hechos: El actor demandó la nulidad del contrato de compraventa de un vehículo automotor por tener reporte de robo y estar sujeto a investigación criminal. Mientras que el demandado sostiene que el actor firmó la carta responsiva aceptando las condiciones en que se encontraba el vehículo y, por ello, la autoridad responsable no debió declarar dicha nulidad del contrato.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el hecho de que se firme una carta responsiva aceptando el comprador las condiciones en que se encontraba el vehículo, no implica que haya aceptado comprarlo con los vicios ocultos que tiene, como lo es el reporte de robo, por lo que opera la nulidad de pleno derecho de la compraventa.
Justificación: Lo anterior, porque la venta de cosa ajena es nula de pleno derecho en términos del artículo 2270 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, de manera que el vendedor debe soportar las consecuencias de la nulidad y restituir al comprador el precio pagado, pues aun cuando este último haya firmado la carta responsiva, se entiende que aceptaba el vehículo en las condiciones normales de uso.
OCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 284/2021. Alejandro Garduño González. 19 de agosto de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. del Refugio González Tamayo. Secretario: José Antonio Franco Vera.
Nota: En relación con el alcance de la presente tesis, destaca la diversa jurisprudencial 1a./J. 67/2006, de rubro: “COMPRAVENTA. PARA QUE PROCEDA LA ACCIÓN DE NULIDAD, EN RAZÓN DEL ORIGEN ILÍCITO DE LA COSA OBJETO DEL CONTRATO, BASTA QUE EL ACTOR ACREDITE EL ELEMENTO OBJETIVO CONSISTENTE EN TAL ILICITUD.”, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXIV, noviembre de 2006, página 120, con número de registro digital: 173943.
Esta tesis se publicó el viernes 08 de julio de 2022 a las 10:15 horas en el Semanario Judicial de la Federación.