EMPATE

Empate. Obtención del mismo número de votos a favor y en contra en una votación. En el Senado la forma de resolver los empates será distinta según el órgano en el que se haya efectuado la votación. Si ésta tiene lugar en el Pleno, se realizará una segunda votación. Si se repite el empate, se realizará una tercera votación y, si en ésta persiste el empate, se entenderá desechado el texto, dictamen, artículo, proposición o cuestión de que se trate. En las votaciones en Comisión se aplicarán las mismas reglas que en el Pleno, salvo en el caso de que estén presentes todos sus miembros, ya que entonces se entenderá que no existe empate cuando la igualdad de votos, siendo idéntico el sentido en el que hubieran votado todos los miembros de la Comisión pertenecientes a un mismo Grupo parlamentario, pudiera dirimirse ponderando el número de votos con que cada Grupo cuenta en el Pleno.

Fuente: Diccionario Parlamentario del Senado de España.

Deja un comentario