DEMANDA DE ALIMENTOS

LA DEMANDA DE ALIMENTOS. Los alimentos y el Derecho Familiar. En primer lugar, los alimentos comprenden la comida,el vestido, la habitación, servicios médicos, entretenimientos, etc. tomando en cuenta las necesidades del acreedor y las posibilidades del deudor. De igual manera, si piensas en pedir una pensión alimenticia te presento una demanda de alimentos definitivos:

La literalidad de una demanda de alimentos puede ser la siguiente. No olvides adaptarla a tu caso o contáctanos.

“DEMANDA DE ALIMENTOS.

C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO.

PRESENTE

  La C. ____________________, mexicana, mayor de edad, exenta en mis obligaciones fiscales, dedicada al hogar y con domicilio para oír y recibir citas y notificaciones en la avenida….., de esta ciudad, Estado de ______; autorizando para los mismos efectos a los LICS._______________________; indicado como teléfono whatsapp como medio para recibir notificaciones electrónicas; ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

  Que vengo por medio del presente escrito, en la VIA DE CONTROVERSIA FAMILIAR, y en ejercicio de la acción de ALIMENTOS DEFINITIVOS, a demandar del señor ________________, quien puede ser emplazado en el domicilio ubicado en____________  , de esta ciudad, Estado de ______ las siguientes:

P R E S T A C I O N E S 

  1. El pago de una pensión alimenticia definitiva.
  2. El aseguramiento de dicha pensión en los términos de la ley.
  3. El pago de los gastos y las costas que se causen con esta instancia.

  Fundan la presente demanda los siguientes hechos y consideraciones de derecho aplicables:

  H E C H O S

  1.- Con fecha …… contraje matrimonio con el ahora demandado, señor ….., bajo el régimen de sociedad conyugal, ante la fe del oficial del Registro Civil número ….. de esta ciudad, como lo acredito con el acta certificada que me permito acompañar a la presente demanda.

  2.- Durante nuestra unión conyugal se procreó a los menores de nombres ….., como lo acredito con las actas de nacimiento certificadas que anexo al presente ocurso inicial.

  1. Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que el señor ….., desde hace aproximadamente un año, en una forma constante y continuada nos ha abandonado física y económicamente, a la hora compareciente y a mis hijos menores, sin importarle el estado de necesidad en que nos encontramos. 
  2. Y ello no obstante  de tener un trabajo fijo en la empresa _________, con domicilio en calle ____, colonia, ciudad de____, Estado de _______, con un ingreso superior a los $ ……  mensuales, por lo que me veo en la necesidad de ejercitar la acción para el pago de alimentos en forma definitiva

  PETICIÓN SOBRE ALIMENTOS PROVISIONALES

  De conformidad con lo establecido en el artículo ……… del Código Procesal Familiar del Estado, solicito se me fije una pensión alimenticia provisional, a cargo del demandado, por un …… % mensual, sobre el sueldo, sobresueldo, aguinaldo, horas extras, vacaciones y demás prestaciones que perciba el señor …… como empleado de la negociación denominada ….., con domicilio en la calle …… número …… de esta ciudad.

  Solicito se gire el oficio respectivo al gerente o representante legal de dicha institución para que proceda a hacer el descuento respectivo, con el apercibimiento de doble pago en caso de que no lleve a cabo el citado descuento, decretado en mi favor y en el de mis hijos menores.

CAPÍTULO DE PRUEBAS

De conformidad con lo establecido en el artículo………… del Código Procesal Familiar del Estado, ofrezco desde este momento las siguientes pruebas para acreditar los hechos de la presente demanda y la procedencia de las prestaciones reclamadas, relacionándose con la litis que surja y que acreditara el derecho que tenemos y el deber del demandado de otorgarnos una pensión suficiente y bastante, siendo las siguientes:

  a) La documental pública, que consiste en las actas de matrimonio y de nacimiento de los hijos menores habidos dentro del mismo.

b) La confesional para hechos propios a cargo del señor ….. consistente en la absolución que dé al pliego de posiciones que se exhibirá oportunamente, debiendo ser citado con los apercibimientos de Ley, para el día y hora que se señale en su domicilio de esta ciudad.

  c) La testimonial de los señores ……  quienes tienen su domicilio en ……  consistente en la contestación que dará el interrogatorio que en forma verbal y directa les formularé el día y hora que se señale para tal prueba, dichos testigos me comprometo a presentarlos para tal audiencia, para la prestación de la testimonial, no se presentará interrogatorio, sino que el mismo será en forma directa y verbal, la misma tendrá relación con los puntos controvertidos. 

  d)   Las presunciones legales y humanas, consistente en el enlace lógico, natural y necesario que exista entre la verdad conocida y la verdad por conocer en todo lo que me favorezcan.

  e) La instrumental de las actuaciones consistentes en las diligencias, constancias, razones, resoluciones, actas, notificaciones que obren en el juicio que ahora se incoa.

  D E R E C H O

  En cuanto al fondo del presente negocio, es de aplicarse lo dispuesto en los artículos………………….. y demás relativos del Código Familiar en vigor en el Estado.

Norman el procedimiento los artículos_________ del Código Procesal Familiar vigente.

 Por lo antes expuesto y fundado a usted. C. Juez de lo Familiar, atentamente solicito:

  PRIMERO: Tenerme por presentada con el anterior escrito y copias simples para traslado, así como las copias certificadas de matrimonio y las de nacimiento de los hijos menores. 

  SEGUNDO: Se me tenga por ofrecidas las pruebas que se detallan  en el cuerpo de este escrito, admitirlas y señalar el día y la  hora para el desahogo de las mismas.

  TERCERO: Decretar de inmediato en mi favor la pensión alimenticia provisional a cargo del señor….., por la cantidad de ……% sobre el salario base y demás prestaciones que percibe como empleado de la negociación denominada ……   

  CUARTO: Emplazar al demandado con las copias simples que se acompañan para que dentro del término de ley, manifieste lo que a sus derechos convenga. Y previo los trámites de ley, dictar sentencia definitiva donde se condene al demandado al pago de pensión alimenticia definitiva por la cantidad de $ ……%  mensual, en favor de la que suscribe de sus hijos menores.

PROTESTO LO NECESARIO.
LUGAR, FECHA Y FIRMA. (Fin del modelo)”

MACHOTE, FORMATO O EJEMPLO DE DEMANDA DE ALIMENTOS. Docx word.

JURISPRUDENCIA SOBRE DEMANDA DE ALIMENTOS.

Época: Décima Época
Registro: 2015640
Instancia: Plenos de Circuito
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Libro 48, Noviembre de 2017, Tomo II
Materia(s): Civil, Penal
Tesis: PC.XIV. J/7 P (10a.)
Página: 1083

INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR. EL ELEMENTO “DEBER DE PROPORCIONAR LOS ALIMENTOS” QUE SE REQUIERE PARA CONFIGURAR ESTE DELITO, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 220 DEL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, TRATÁNDOSE DE HIJOS MAYORES DE EDAD QUE CONTINÚAN ESTUDIANDO, DERIVA DE LA LEY CIVIL Y NO DE UNA DETERMINACIÓN JUDICIAL.

Conforme a los artículos 207, 227 y 232, fracción II (derogados), del Código Civil del Estado de Yucatán, tienen la calidad de acreedores alimentistas, entre otros, los hijos mayores de edad cuando éstos continúen estudiando algún oficio, arte o profesión honesto y adecuado a sus circunstancias personales, lo que evidencia que el deber de ciertas personas de proporcionar alimentos a sus hijos que se encuentren en ese supuesto, existe por mandato de ley, al ser ésta la que especifica quién tiene la obligación legal de satisfacer ciertas necesidades de otro y quién el derecho de recibir dichos satisfactores.

Por tanto, para efectos de la configuración del tipo penal de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar, previsto en el artículo 220 del Código Penal de esa entidad, que requiere que se acredite la condición de acreedor alimentario, es necesario acudir a la legislación civil, por ser ésta la que regula dicha figura.

Así, tratándose de hijos mayores de edad que continúen estudiando, ese “deber” existe, porque la ley civil lo establece (artículo 207 citado) y no por un mandato judicial, en razón de que un convenio aprobado judicialmente o una sentencia que condena al pago de una pensión alimenticia no origina la obligación, sino solamente fija sus modalidades, por ejemplo, su monto, así como su lugar y fecha de pago; en consecuencia, la obligación de proporcionar alimentos no encuentra su origen en un acto jurídico específico (como la sentencia civil), sino en la ubicación de una persona como acreedor alimentario en términos de la ley civil aplicable, en virtud de que las leyes penales sancionan a los deudores cuando incumplen, independientemente de que haya o no una resolución judicial que así lo ordene, ya que basta considerar el bien jurídico tutelado por la ley penal, consistente en la integridad de los miembros que conforman ciertas relaciones sociales, la cual puede verse amenazada, independientemente de que exista o no un mandato judicial.

Lo anterior, en la inteligencia de que, de existir, la determinación judicial referida podría tomarse en consideración como un medio de prueba para demostrar el elemento “deber alimentario”; circunstancia que tampoco significa que, ante su falta, no sea posible su configuración, o que el Ministerio Público esté impedido para ejercer la acción penal, toda vez que la representación social puede demostrar tales extremos, a través de medios de prueba idóneos distintos.

Contradicción de tesis 2/2017. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, y el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito. 8 de septiembre de 2017. Unanimidad de tres votos de los Magistrados Gabriel Alfonso Ayala Quiñones, Pablo Jesús Hernández Moreno y Paulino López Millán. Ponente: Paulino López Millán. Secretaria: Beatriz Alejandra Ojeda Pérez.

Tesis XIV.P.A.7 P (10a.), de título y subtítulo: “INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR. PARA QUE SE CONFIGURE ESTE DELITO RESPECTO DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD QUE CONTINÚAN ESTUDIANDO, DEBE ACREDITARSE QUE EL ACTIVO TIENE EL DEBER DE PROPORCIONARLES LOS MEDIOS DE SUBSISTENCIA ALIMENTARIA, ESTABLECIDO PREVIAMENTE EN UNA DETERMINACIÓN DICTADA EN SEDE JUDICIAL FAMILIAR (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE YUCATÁN).”, aprobada por el Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito y publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 8 de enero de 2016 a las 10:10 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 26, Tomo IV, enero de 2016, página 3325, y

El sustentando por el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, con residencia en San Andrés Cholula, Puebla, al resolver el amparo directo 8/2017 (cuaderno auxiliar 152/2017).

Esta tesis se publicó el viernes 24 de noviembre de 2017 a las 10:35 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 27 de noviembre de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.

Otros temas legales relacionados a demanda de alimentos:

 
LA CUSTODIA.
 
No me dejan ver a mi hijo ¿ Qué puedo hacer ?
 
Me quieren quitar a mi hijo ¿ Qué hago ?
 
DEMANDA PENSION ALIMENTICIA CDMX
 
PATRIA POTESTAD
 
DERECHO FAMILIAR