CONDOMINIO HORIZONTAL

Condominio horizontal.- Se constituye en inmuebles con construcción horizontal donde el condómino tiene derecho de uso exclusivo de parte de un terreno y es propietario de la edifcación establecida en el mismo, pudiendo compartir o no su estructura y medianería, siendo titular de un derecho de copropiedad para el uso y disfrute de las áreas del terreno, construcciones e instalaciones destinadas al uso común.

FUENTE: Art. 5 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la Ciudad de México CDMX antes DF Distrito Federal. Ver ley. 

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