COMO SE COBRA UN PAGARE?

¿ Como se  realiza el cobro de pagare? puede realizarse de diversas maneras:

1.-Cobrar directamente con el deudor. Cuidado que el pagare no sea destruido por el deudor.

2.-Citarlo en la municipalidad.

3.-Demandarlo judicialmente en la vía ejecutiva mercantil o en la vía ordinaria si ya esta prescrita la acción ejecutiva. La acción ordinaria es la acción causal, porque se tiene que acreditar el origen del titulo de crédito.




En México, la acción ejecutiva prescribe a los tres años y la causal a los cinco años, salvo excepciones. Hay que tomar en cuenta que hay jueces de cuantía menor, de paz y de primera instancia, dependiendo el monto del adeudo es el juez competente.

Dejo un formato, modelo, machote o ejemplo de demanda ejecutiva mercantil:




MODELO DE DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL VER AQUI.




“ELISEO

VS.

JUICIO EJECUTIVO  MERCANTIL

C. JUEZ  DE ____.

P R E S E N T E

ELISEO, promoviendo por mi propio derecho; mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír notificaciones el ubicado en calle Hidalgo s/n, Colonia municipio de , Estado de Morelos;  autorizando para oírlas a los LICS. CESAR y RICARDO : ante usted respetuosamente comparezco para exponer:

                                               Que  vengo a demandar del señor_____, con domicilio en calle , colonia, municipio de Jiutepec, Estado de Morelos, las siguientes prestaciones:

            a) El pago de la cantidad de $ ,000.00 ( MIL PESOS, M.N.), por concepto de suerte principal.

            b) El pago de los intereses moratorios al tipo convencional pactados en el cuerpo del documento base de la acción a razón del 5 % mensual desde el vencimiento hasta la total liquidación del adeudo.

            c) El pago de los gastos y costas del juicio.

Me fundamento para mi pretensión, en los siguientes hechos y preceptos legales:

H E C H O S

            I.- El señor , suscribió con fecha veintinueve de julio del dos mil doce, un pagaré a mi favor por la cantidad de $ ,000.00 ( MIL PESOS, M.N.) y se comprometió que en caso de mora pagaría un 5 % de interés mensual hasta la total liquidación del adeudo.

            II.- El demandado se obligó a pagarme la cantidad consignada en el documento base de la acción y señalada en el hecho inmediato anterior, el día veintinueve de octubre del dos mil trece, fecha de vencimiento del pagaré que se anexa como base de la acción.

            III.- A pesar de que el pagaré base de la acción está vencido, el demandado se ha negado sistemáticamente a pagarme la cantidad reclamada más los intereses moratorios, no obstante que he realizado múltiples gestiones extrajudiciales para obtener dicho pago, por lo que me veo en la necesidad de demandar en esta vía y forma, para obtener el pago judicialmente.

                                                           D E R E C H O

Por cuanto al fondo se aplicables los artículos 1, 2, 5, 23, 29, 31, 33, 170, 171, 174 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Rigen el procedimiento los artículos del 1391 al 1414 del Código de Comercio.

P R U E B A S

Ofrezco desde este momento como pruebas de mi parte, las cuales se relacionan con la litis y la controversia, y que acreditan los hechos del I al III de la demanda y la procedencia de las pretensiones hechas valer,  las siguientes:

A)                   La documental privada consistente en pagare por la cantidad de $ ,000.00 ( mil pesos 00/100 M.N.) suscrito por el C. , de fecha de julio del 2012, que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, probanza que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

B)                    La CONFESIONAL a cargo del C.  , que deberá absolver el forma personal y no mediante apoderado, al tenor del pliego de posiciones que se exhibirá oportunamente, solicitando se le cite con oportunidad con el apercibimiento que de no hacerlo será declarado confeso de las posiciones calificadas de legales, probanza que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, y que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

C)                    La presuncional legal y humana consistente en el enlace lógico, natural y necesario entre la verdad conocida y la verdad por conocer en todo lo que me favorezca,  probanza que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, y que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

D)                   La instrumental de las actuaciones consistente en la diligencias, constancias, razonamiento, notificaciones, resoluciones, etc. que obren en el presente juicio y que acrediten la acción ejercitada, probanza que acredita la existencia del adeudo y la falta de pago oportuno por parte del deudor, y que relaciono con los hechos del I al III de la demanda inicial.

Por lo expuesto,

            A USTED C. JUEZ, ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:

            PRIMERO: Tenerme por presentado en la vía y forma propuesta.

            SEGUNDO: Dictar auto de mandamiento en forma para que se requiera al demandado para que haga pago de lo adeudado en el acto de la diligencia, y en caso de no hacerlo se le embarguen bienes suficientes para garantizar el adeudo.

            TERCERO: En el momento procesal oportuno dictar sentencia de remate de los bienes embargados y se me haga pago de la totalidad del adeudo principal y accesorios.

PROTESTO LO NECESARIO

Jiutepec, Morelos a 1 de Noviembre del dos mil dieciseis

ELISEO. Fin de formato.

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