¿LOS BIENES ADQUIRIDOS POR HERENCIA FORMAN PARTE DE LA SOCIEDAD CONYUGAL?
La sociedad conyugal y los bienes adquiridos por herencia. El artículo 182 Quintus del Código Civil de la Ciudad de México. En la sociedad conyugal son propios de cada cónyuge, salvo pacto en contrario que conste en las capitulaciones matrimoniales: I. Los bienes y derechos que le pertenezcan al tiempo de celebrarse el matrimonio, y … Leer más