Artículo 706 de la Ley Federal del Trabajo de México.
Artículo 706 LEY FEDERAL DEL TRABAJO.- Será nulo todo lo actuado ante el Tribunal incompetente, salvo el acto de admisión dela demanda y lo dispuesto en los artículos 704 y 928 fracción V de esta Ley o, en su caso, cuando sehaya celebrado convenio que ponga fin al negocio, en el período de conciliación.Artículo reformado … Leer más