Arribada imprevista: la que ocurra en lugares distintos al previsto en el despacho de salida, por causa justificada debidamente comprobada.
FUENTE: Art. 45 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo de México. Ver ley.
Arribada imprevista: la que ocurra en lugares distintos al previsto en el despacho de salida, por causa justificada debidamente comprobada.
FUENTE: Art. 45 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo de México. Ver ley.