ADMINISTRADOR CONDÓMINO

ADMINISTRADOR CONDÓMINO: Es el condómino de la unidad de propiedad privativa, que no siendo administrador profesional, sea nombrado Administrador por la Asamblea General.

FUENTE: Art. 2 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la Ciudad de México CDMX antes DF Distrito Federal. Ver ley. 

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