ACREEDOR. El que tiene acción o derecho para pedir alguna cosa, especialmente el pago de una deuda, o exigir el cumplimiento de alguna obligación. Cabe decir también, la persona con facultad sobre otra para exigirle que entregue una cosa, preste un servicio o
se abstenga de ejecutar un acto.
El acreedor es el sujeto activo, que puede requirir el cumplimiento de la obligación de su deudor, el sujeto pasivo de la relación jurídica de caracter personal.
FUENTE: DICCIONARIO JURÍDICO ELEMENTAL. Guillermo Cabanellas de Torres. I.S.B.N.: 950-9065-98-6