OFICINAS DE PASAPORTES DE MÉXICO. Trámites.

A las Oficinas de Pasaportes de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México, dentro de la República Mexicana, les corresponde:
  • Expedir pasaportes ordinarios y legalizar las firmas de los documentos públicos que deban producir efectos en el extranjero;
  • Expedir copias certificadas de los documentos y constancias obren en sus archivos;
  • Presentar denuncias ante las autoridades competentes respecto de los hechos que así lo ameriten;
  • Supervisar periódicamente a las Oficinas Estatales y Municipales de Enlace.
  • Expedir las constancias sobre: 

a)    La adquisición de bienes inmuebles fuera de zona restringida por parte de personas físicas y morales extranjeras; 
b)    La obtención de concesiones para la exploración y explotación de minas y aguas en la República Mexicana, a personas físicas o morales extranjeras, y 
c)    Coadyuvar en la recepción del aviso de adquisición de inmuebles por sociedades mexicanas con cláusula de admisión de extranjeros en la zona restringida que se destinen a un fin no residencial, a que se refiere la Ley de Inversión Extranjera.

  • Recepción de solicitudes de extranjeros que deseen obtener la nacionalidad mexicana por la vía de la naturalización y darlos de alta en el sistema electrónico que determine la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
  • Recepción de solicitudes de declaratorias de nacionalidad mexicana por nacimiento y certificados de nacionalidad mexicana, con las modalidades, condiciones y excepciones que fije la Dirección General de Asuntos Jurídicos.
  • Intervenir de acuerdo a las instrucciones que reciban de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en los procedimientos y juicios en que la Secretaría sea parte, así como en materia de pensiones alimenticias, adopciones y restitución de menores en los términos que establezca la Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica.
  • Tramitar, previo dictamen de procedencia, las comisiones rogatorias que reciban de las autoridades locales para su diligenciación por las oficinas consulares mexicanas.
  • Coadyuvar en la atención de los casos de protección a connacionales en el extranjero que encomiende la Dirección General de Protección Consular y Planeación Estratégica o, en su caso, las representaciones de México en el exterior, así como los que se presenten en la propia Oficina de Pasaportes.
  • Otras actividades.
 
Fuente: Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores (D.O.F. 14/JUN/2021) 
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