FORMAS PARA GARANTIZAR LOS CRÉDITOS FISCALES.
Los contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal, en alguna de las formas siguientes: I. Depósito en dinero, carta de crédito u otras formas de garantía financiera equivalentes que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante reglas de carácter general que se efectúen en las cuentas de garantía del interés fiscal. II. Prenda … Leer más