DERECHO DE ACCESIÓN
La propiedad de los bienes da derecho a todo lo que ellos producen, o se les une o incorpora natural o artificialmente. Este derecho se llama de accesión. Fuente: Código Civil Federal.
La propiedad de los bienes da derecho a todo lo que ellos producen, o se les une o incorpora natural o artificialmente. Este derecho se llama de accesión. Fuente: Código Civil Federal.
Tesoro, es el depósito oculto de dinero, alhajas u otros objetos preciosos cuya legítima procedencia se ignore. Nunca un tesoro se considera como fruto de una finca. Fuente: Código Civil Federal.
La posesión es el poder fisico o de hecho que se ejerce sobre una cosa. La posesión se pierde: I. Por abandono; II. Por cesión a título oneroso o gratuito; III. Por la destrucción o pérdida de la cosa o por quedar ésta fuera del comercio; IV. Por resolución judicial; V. Por despojo, si la … Leer más
Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido. Fuente: Codigo Civil Federal.
Son bienes mostrencos los muebles abandonados y los perdidos cuyo dueño se ignore.
Tutela es la guarda de la persona y bienes de los que no estando sujetos a patria potestad tienen incapacidad natural y legal, o solamente la segunda, para gobernarse por sí mismos. La tutela puede también tener por objeto la representación interina del incapaz en los casos especiales que señale la ley. La tutela es … Leer más