APEO Y DESLINDE.

Las diligencias de apeo y deslinde. El abogado las utiliza para forzar una debida delimitación de un predio. Es un acto de deslinde de un porción de terreno en relación a sus predios vecinos. Algunas personas colindantes, que no les gustan los problemas, acceden a la correcta medición y delimitación de los predios. Pero si se advierte cualquier controversia o una notable oposición del colindante, lo mejor será ir directamente a la acción reivindicatoria.

Los problemas de medidas y colindancia de un predio, requieren diligencias judiciales de apeo y deslinde, para delimitarlos físicamente. Las diligencias de apeo y deslinde se tramitan como jurisdicción voluntaria, no como un juicio ordinario de apeo y deslinde, pues más bien se trataría de una acción reinvidicatoria, plenaria de posesión o interdicto para recuperar o retener la posesión. Por otra parte, ante la inconformidad de alguno de los colindantes es necesario iniciar un juicio reivindicatorio. Al final podrás descargar el formato como docx word para su redacción final por tu parte.

LITERALIDAD DEL FORMATO DE DEMANDA DE APEO Y DESLINDE.

Inicio del formato: DEMANDA INICIAL

C. JUEZ CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA

DEL  DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO 

P R E S E N T E 

El C , promoviendo por mi propio derecho; señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en calle_____,  colonia_____, municipio de_____, Estado de ______; autorizando para recibirlas en mi nombre y representación a los LICS.__________; ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que vengo por medio del presente escrito y con fundamento en los artículos 4 y 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículos____ al _____ y demás relativos y aplicables del Código Procesal Civil en vigor, a promover DILIGENCIAS DE APEO Y DESLINDE, respecto del predio ubicado en calle _______, colonia ______, municipio_____, Estado____ , para lo cual manifiesto los siguientes:

H E C H O S 

1.- EL suscrito soy propietario del Predio Rustico ubicado en calle Hidalgo s/n, colonia Agrícola_____, municipio de, Estado de, con la clave catastral 1407-00-009-000, como lo acredito con la copia certificada de la escritura pública 865 pasada ante la Fe del ciudadano Notario Público número 20 de Naucalpan, Estado de México, que acompaño al presente ocurso y con las siguientes medidas y colindancias originales:

Al Norte en ___  metros y colinda con parcela__ .

Al sur ___ metros y colinda con Parcela ___.

Al Oriente en _____metros y colinda con parcela ___.

Al Poniente 155 metros y colinda con Parcela 21.

Superficie total de 3,000.00 M2 (TRES MIL  METROS CUADRADOS.

2.-  Es el caso, que se hizo una medición por nuestra parte del Predio Rústico, y de las medidas que contiene la escritura pública de la cual deriva mi propiedad, advirtiéndose que en el lindero norte y oriente de nuestra posesión existen diferencias de medición, resultando menor nuestra actual posesión a nuestro derecho de propiedad. Es decir, existe una diferencia notable entre el área de nuestra posesión y la escritura pública de propiedad, y las medidas actuales no son exactas, por lo que nos vemos en la necesidad de solicitar el APEO Y DESLINDE de nuestra propiedad en los términos de la ley civil sustantiva y adjetiva, para delimitar y fijar legalmente los linderos reales y se autorice el cierre y cercado de la superficie que aparezca del resultado del apeo y deslinde, conforme al artículo ___del Código Procesal Civil en vigor.

Las colindancias sur y poniente no presentan ninguna inexactitud.

ARTICULO ____ CODIGO PROCESAL CIVIL.- Requisitos de la solicitud de apeo o deslinde. 

Se da cumplimiento a los requisitos del artículo ___ del Código Procesal Civil en vigor: 

I.- El nombre y ubicación del inmueble que deba deslindarse: Predio ubicado en  ____, con la clave catastral 1407-00-009-000.

II.- La parte o partes del mismo en que el acto debe ejecutarse: Se practicara en la parte norte y en la parte oriente;

III.- Los nombres de los colindantes que pueden tener interés en el apeo: El colindante que muestra interés en el apeo es JUAN GARCIA GARCIA, con domicilio en calle Morelos s/n, colonia Paris, municipio de , Estado de .

IV.- El sitio donde están y donde deban colocarse las señales, y si éstas no existen, el lugar donde estuvieren: Se colocaran en la parte norte y oriente, solicitando a su Señoría me permita cercar el área de mi propiedad que resulte en el apeo y deslinde.

PRUEBA PERICIAL.

Desde este momento propongo como perito de mi parte al ARQ. ______  , con cedula profesional 444839, inscrito en la lista oficial de peritos del Tribunal Superior de Justicia del Estado___, con domicilio en Avenida de las Fuentes , departamento 3, Unidad Habitacional Águila, ciudad de____, Estado de ____, profesional que me comprometo a presentar, para que intervenga en la diligencia de apeo y deslinde respectiva.

  D E R E C H O.

Fundan la presente demanda los artículos ____y demás relativos y aplicables del Código Civil en vigor en el Estado de ____ .

Norman el procedimiento los artículos _____y demás relativos y aplicables del Código Procesal Civil en vigor en el Estado de _____.

Por lo expuesto y fundado;

A USTED C. JUEZ ATENTAMENTE PIDO:

PRIMERO: Tenerme por presentado en los términos del presente escrito solicitando DILIGENCIAS DE APEO Y DESLINDE.

SEGUNDO: Cite al colindante JUAN GARCIA GARCIA.

TERCERO: Se autorice el cercado y cierre del área resultante del apeo y deslinde.

CUARTO: En el momento procesal oportuno declare procedentes las diligencias de APEO Y DESLINDE.

PROTESTO LO NECESARIO.

FECHA

NOMBRE

FIRMA.”Fin del formato.

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JURISPRUDENCIA.

Época: Novena Época
Registro: 163885
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXXII, Septiembre de 2010
Materia(s): Civil
Tesis: I.4o.C.274 C
Página: 1161.

APEO Y DESLINDE. LA VOLUNTAD PLENA DE LOS COLINDANTES INTERESADOS ES REQUISITO ESENCIAL PARA SU EFECTIVIDAD.

En virtud de que las diligencias de apeo y deslinde se tramitan en jurisdicción voluntaria, debe considerarse que la fijación de los linderos en este tipo de diligencias debe ser producto de la aquiescencia de todos los interesados. En conformidad con la parte final del primer párrafo del artículo 893 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en la jurisdicción voluntaria no debe existir “cuestión alguna entre partes”. Esto explica que el artículo 936 del propio código mencione varias veces la falta de oposición de los colindantes del predio donde se practica la diligencia respectiva, pues el acuerdo de los colindantes es indispensable para que se dé la posesión a que se refieren las fracciones III y IV del precepto invocado. Asimismo, en el último párrafo del artículo 936 citado se prevé que la oposición de los colindantes da lugar a que no se produzca el deslinde ni, por ende, a que se fije alguna señal, mientras no haya sentencia ejecutoria que resuelva la cuestión en el juicio correspondiente. De ahí que la voluntad de todos los interesados sea un requisito esencial de las diligencias de apeo y deslinde.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 183/2010. Gobierno del Distrito Federal. 1o. de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: María del Carmen Amaya Alcántara.

Registro digital: 163826
Aislada
Materias(s): Civil
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo: Tomo XXXII, Septiembre de 2010
Tesis: I.4o.C.285 C
Página: 1249

DILIGENCIAS DE APEO Y DESLINDE. SU FINALIDAD SE CUMPLE AL ACTUALIZARSE LOS ELEMENTOS OBJETIVOS DEL ARTÍCULO 936 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL DISTRITO FEDERAL.

El artículo 936 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal proporciona elementos objetivos que indican las reglas necesarias para tener por cumplida la finalidad de las diligencias de apeo y deslinde previstas en el artículo 932 de ese mismo ordenamiento. Si se tiene presente que en conformidad con el artículo 932 mencionado, una diligencia de apeo y deslinde tiene como fin la certeza de los límites que separan un predio de otro u otros, debe considerarse que la demarcación de límites se tendrá por realizada sólo si cumplen con los elementos objetivos que indican esa demarcación, esto es: a) La fijación de señales convenientes en los predios deslindados, los cuales quedan como límites legales y, b) El otorgamiento de la posesión o el mantenimiento en ella al promovente, respecto del predio, en la proporción comprendida en los límites fijados al efecto, tal como lo dispone el precepto 936 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. Lo anterior patentiza que la función de estas diligencias se reduce a señalar o aclarar lo que cada dueño o poseedor tiene, según el deslinde llevado a cabo, con el objeto de impedir confusiones ocasionadas, por ejemplo, por la desaparición de señales de los linderos. De ahí que sólo la reunión de los elementos objetivos descritos lleve a estimar que se obtuvo la finalidad de este tipo de diligencias prevista en la ley, esto es, el deslinde del predio.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 183/2010. Gobierno del Distrito Federal. 1o. de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Mauro Miguel Reyes Zapata. Secretaria: María del Carmen Amaya Alcántara.

También te presento un ejemplo o formulario de demanda inicial para diligencias respectivas:


Ejemplo de demanda de apeo y deslinde judicial en General. Word docx.

Demanda de apeo y deslinde para Estado de México. Docx Word.